A pedido de la parte interesada, es posible transcribir en el Libro de Registro del Estado Civil de las Personas de este Consulado General las siguientes Partidas que hayan sido otorgadas por autoridades competentes dentro de la jurisdicción consular:
– Nacimiento de hijos de padre o madre argentinos nativos o naturalizados;
– Matrimonio en que uno o ambos cónyuges sean argentinos, nativos o naturalizados;
– Defunciones de argentinos nativos o naturalizados;
– Cualquier otro acto que modifique el Estado Civil de las personas, cuando alguna de las que están con él relacionadas sea argentina nativa o naturalizada (adopción, declaración de incapacidad, emancipación, etc.)
Asimismo, cuando se tenga conocimiento de la defunción de un argentino, el Consulado inscribirá de oficio la Partida de Defunción que expida la autoridad respectiva.
En todos los casos se emite un «testimonio» de la inscripción, apto para ser utilizado en territorio argentino para diferentes trámites, como sucesiones y otros.
Para efectuar estos trámites es necesario solicitar turno por mail a ccuri@mrecic.gov.ar