La Corte Suprema rechazó las recusaciones que realizó Cristina Kirchner contra jueces de Comodoro Py
5 minutos de lecturaCristina Kirchner durante una entrevista en C5NLa Corte Suprema rechazó los planteos que había hecho la defensa de la vicepresidenta Cristina Kirchner y de otros ex funcionarios de su gobierno reclamando las recusaciones de distintos jueces de Comodoro Py 2002 que intervinieron en distintos tramos de causas que los tienen imputados, indicaron a Infobae fuentes judiciales.
Se trata de planteos contra los jueces Martín Irurzun, Mariano Llorens, Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi, todos integrantes de la Cámara Federal; del juez Juan Carlos Gemignani, de la Cámara de Casación; y del fallecido juez Claudio Bonadio, en causas de repercusión como la llamada “ruta del dinero k”, “Memorándum con Irán” o el caso “Cuadernos”.
Si bien los cuestionamientos ya habían sido desestimados en instancias anteriores, las apelaciones llegaron a la máxima instancia que declaró inadmisibles los planteos por distintos motivos. Con esta palabra final, el efecto directo no solo los magistrados no quedan apartados sino que se respalda su intervención en los expedientes. Las resoluciones llevan la firma de los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.
La primera de las recusaciones que la Corte rechazó fue la que se generó en el expediente conocido mediáticamente como “ruta del dinero K”. Allí la defensa de la expresidenta había planteado la recusación de los jueces Martín Irurzun y Mariano Llorens, quienes integraban la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional. Los dos habían votado por hacer lugar el 31 de agosto de 2018, hicieron lugar a un pedido de la Unidad de Información Financiera y dispusieron que se convoque a Fernández de Kirchner a prestar declaración indagatoria.
El juez Bruglia, en tanto, entendió que la queja era improcedente por cuanto no se trataba de una cuestión revisable. Fue precisamente Bruglia quien recibió las recusaciones contra sus colegas y las rechazó. No obstante, Irurzun dejó de intervenir en la causa unos meses después como consecuencia de una decisión de Casación en una causa conexa.
Lázaro Báez y Julio De Vido, atrás Cristina Kirchner, en el inicio del juicio Vialidad en 2019 (Photo by JUAN MABROMATA / AFP) (JUAN MABROMATA/)Pero la defensa de Fernández de Kirchner apeló. La la Cámara de Casación las rechazó diciendo que la resolución que decide sobre recusaciones no es susceptible de ser impugnada en esa instancia, pues no se trata de una sentencia definitiva ni equiparable. Y, recurso mediante, hoy los jueces de la Corte también desestimaron el planteo porque no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal.
La Cámara Federal, con la intervención de Llorens, Eduardo Farah y Pablo Bertuzzi (si es que hubiera disidencia) deben resolver si revocan el sobreseimiento para Cristina Kirchner. El fiscal Guillermo Marijuan así lo solicitó y el juez Casanello lo firmó luego de preguntarle a las otras partes. Pero una ONG reclamó ser aceptada como querellante y ahora reclama que se anule ese sobreseimiento. Tal como reveló Infobae hace una semana, la vicepresidenta dijo que el macrismo sigue persiguiéndola y dijo que debe quedar en pie su salida de ese expediente.
La Corte Suprema también resolvió hoy sobre la apelación planteada por las defensas de Cristina Kirchner y el senador Oscar Parrilli pidiendo el apartamiento del juez Juan Carlos Gemigniani. Casación había rechazó los pedidos, al entender que las defensas no habían demostrado la concreta vulneración de garantías constitucionales o que se hubiera configurado alguno de los supuestos previstos en la ley para separar de una causa a un magistrado. Por el contrario, señaló que los pedidos se limitaron a plantear conjeturas que no se encontraban debidamente acreditadas en el expediente. También dijeron que los peticionantes ya habían tenido conocimiento de la integración del tribunal en anteriores pronunciamientos, sin que hubieran presentado planteos como éste.
Tanto la expresidenta como el exministro presentaron sendos recursos, por considerar que se había afectado la garantía de imparcialidad del juzgador. Rechazados sus planteos, llevaron esos reclamos ante el Máximo Tribunal. Los ministros de la Corte desestimaron las quejas por no haber dado cumplimiento al reglamento correspondiente aprobado por la Acordada 4/2007 del tribunal.
El allanamiento ordenado por Bonadio en la casa de CFK en Calafate (Juan Pablo Raposo)En una cuarta causa, se investigaba la posible comisión del delito de ocultamiento de documentos históricos, tras el hallazgo de una carta autógrafa del 26 de diciembre de 1835, del General San Martín a Bernardo de O’Higgins, y un ‘prontuario’ de Hipólito Yrigoyen con sus actividades desde 1906 a 1910. Esos documentos fueron secuestrados en el marco de la causa conocida como “Cuadernos”, en el inmueble ubicado en la intersección de las calles Padre de Agostini y Los Tehuelches, en El Calafate, Santa Cruz.
Ese allanamiento fue ordenado por el juez Claudio Bonadio, quien fue recusado por la defensa de Cristina Fernández en las sucesivas instancias hasta llegar a la Corte. Al día siguiente de ingresado el expediente al Máximo Tribunal, Bonadio falleció. La Corte entendió que la cuestión traída a estudio del Tribunal se había tornado abstracta.
La defensa del ex ministro Julio De Vido también sufrió un revés en la Corte con sus planteos de recusación. Esta vez el foco estuvo puesto en los jueces Bruglia y Bertuzzi en la causa “Cuadernos”. El 19 de diciembre de 2018, la Sala I de la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, con la actuación unipersonal del juez Martín Irurzun, había rechazado in límine la recusación.
Pero el ex ministro de Planificación planteó un recurso de casación, que fue rechazado por la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, al igual que la queja posterior. La defensa interpuso un recurso extraordinario en el que reseñó su planteo de recusación en la causal de temor de imparcialidad. La denegatoria de ese recurso derivó en la presentación de una queja ante la Corte Suprema. En su sentencia, el Máximo Tribunal entendió que dicha queja no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal y, por tanto, la desestimó.